Resumen
La ausencia de normas comunes de competencia judicial internacional frente a demandados domiciliados en terceros Estados, puede colocar al consumidor en una situación de desamparo claramente contraria a la política comunitaria de protección del consumidor y al buen funcionamiento del mercado interior. El problema se agrava si tenemos en cuenta que las normas de competencia judicial internacional previstas en las legislaciones internas difieren considerablemente, lo que supone un desigual acceso de los consumidores a la justicia. En el marco de la revisión del Reglamento Bruselas I, se propone una extensión de los foros protectores en las situaciones en que el demandado se encuentra domiciliado en un tercer Estado. Ahora bien la extensión del beneficio procesal previsto en el Reglamento Bruselas I necesita de una serie de adaptaciones debido a las peculiaridades que estas situaciones plantean.
| Idioma original | Inglés |
|---|---|
| Páginas | 285-305 |
| Publicación especializada | Anuario Español de Derecho Internacional Privado |
| Estado | Publicada - 1 jun 2009 |
Huella
Profundice en los temas de investigación de 'Extensión de los foros de protección del consumidor a demandados domiciliados en terceros Estados'. En conjunto forman una huella única.Cómo citar
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