Resumen
La (pen)última evolución de los tokens no fungibles (NFTs) ha sido su fraccionamiento, que provoca que las distintas partes que se crean (Fractional Non-Fungible Tokens o F-NFTs) pasen a ser fungibles e intercambiables entre sí. Este cambio de naturaleza tiene consecuencias sobre el régimen jurídico que les resulta aplicable ya que, más allá de que no rija la exclusión prevista en el artículo 3.3 del Reglamento sobre el mercado de criptoactivos (Reglamento MiCA), la realidad es que las fracciones adoptan una configuración y características que normalmente permitirán considerarlas como instrumentos financieros, lo que conlleva que deba aplicárseles la más sofisticada, compleja y rigurosa normativa del mercado de valores.
| Idioma original | Español |
|---|---|
| Título de la publicación alojada | Tratado de Derecho Digital (CITT / Comité Legal de Alastria) |
| Editores | Javier W. Ibáñez Jiménez |
| Lugar de publicación | Madrid |
| Editorial | Editorial Reus |
| Capítulo | 3 |
| Páginas | 929-983 |
| Número de páginas | 54 |
| Volumen | I |
| Edición | 2025 (1) |
| ISBN (versión impresa) | 978-84-290-2923-9 |
| Estado | Publicada - 1 sept 2025 |
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