Abstract
Las medidas de flexibilidad de las condiciones de trabajo permiten una doble valoración: en razón de sus objetivos de conservación del empleo; y en razón de su configuración técnico-jurídica, que puede ser idónea para tal logro. La coordinación de los arts. 12.4.e), 41 y 47 del ET abre esa disfunción dual.
| Original language | English |
|---|---|
| Pages | 782-792 |
| Specialist publication | Actualidad Laboral |
| Publication status | Published - 1 Apr 2013 |
| Externally published | Yes |
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