Abstract
A propósito de la STS, Sala 1ª, de 3 de enero de 2010 (Pte. Excmo. Dº Francisco Marín Castán) se aborda la regulación del interrogatorio de las personas jurídicas, y en concreto la carga de indicar la no intervención en los hechos de la persona interrogada e indicar la identidad de la persona interviniente en los mismos en nombre de la persona jurídica, aunque ello no obsta para que la parte proponente pueda designar nominativamente la persona que desea someter al interrogatorio.
Original language | English |
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Pages | 17-18 |
Specialist publication | Diario La Ley |
Publication status | Published - 1 Nov 2011 |