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Algunas consideraciones en torno a la mediación en Roma a la luz de la nueva Ley 5/2012, de 6 de julio, de Mediación en asuntos civiles y mercantiles.

Research output: Conference paperContribution

Abstract

El recurso a los Tribunales como último remedio en caso de conflicto es ya en nuestro país un principio establecido en el Preámbulo de la nueva ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. Esto supone, in fine, la admisión dentro de nuestro sistema de administración de justicia de los métodos alternativos de resolución de conflictos (ADR) entre los que destacan la mediación, el arbitraje, la conciliación y la negociación. La mediación en Roma tuvo un escaso tratamiento jurisprudencial pero es posible, a través del análisis de las fuentes halladas, establecer similitudes y diferencias con la mediación regulada en nuestro país a través de la nueva Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
Original languageSpanish
Publication statusPublished - 15 Dec 2012
EventXV Congreso Internacional y XVIII Congreso Iberoamericano de Derecho Romano -
Duration: 15 Dec 201216 Feb 2013

Conference

ConferenceXV Congreso Internacional y XVIII Congreso Iberoamericano de Derecho Romano
Period15/12/1216/02/13

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