Resum
La ley 2/2023 tiene una gran trascendencia para el Estado de Derecho y en todos los ámbitos jurídicos, pero especialmente en el laboral, en tanto que los principales informantes de infracciones y delitos suelen ser las personas trabajadoras respecto a sus entes empleadores. Esta ley reviste al mismo tiempo una acentuada complejidad técnico-jurídica que las relaciones laborales han de integrar, que se refleja especialmente en la ordenación de los canales interno y externos de información y su relación con la revelación publica de la infracción o delito, en la delimitación de lo que sean tales ilegalidades denunciables con conflictos interpersonales o conductas reprobables pero no ilegales, en la identificación de qué ha de entenderse por represalia a efectos de asegurar la protección del informante o , en fin, en la posible concurrencia de sanciones a pesar de que éstas se refieran esencialmente a incumplimientos de la ley y no a las que puedan resultar de la ilegalidad denunciada. El presente estudio pretende hacer una aproximación inicial a algunos de estos componentes de la ley que van a tener una acentuada trascedencia para el contrato de trabajo y que, sin duda, va a requerir de una extensa elaboración doctrinal iuslaboralista posterior respecto a los mismos.
| Idioma original | Anglès |
|---|---|
| Publicació especialitzada | Civitas. Revista Española de Derecho del Trabajo |
| Editor | Thomson Aranzadi |
| Estat de la publicació | Publicada - 1 de maig 2023 |
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