Resum
El incumplimiento de los deberes del perito puede generar responsabilidad en el orden penal, civil o disciplinario. Aun cuando existe una regulación legal de la responsabilidad penal en el Código Penal, con la previsión de los delitos especiales como el falso testimonio del perito (arts. 459 y 460 CP); en el Código Civil, con la previsión de una responsabilidad extracontractual o contractual, y en los Códigos Deontológicos de los colegios profesionales, lo cierto es que dicha responsabilidad es estadísticamente poco frecuente, aun cuando cada vez son más frecuentes las reclamaciones frente a peritos. El presente artículo especifica cada una de estas responsabilidades.
Idioma original | Anglès |
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Pàgines | 6-9 |
Publicació especialitzada | Diario La Ley |
Estat de la publicació | Publicada - 1 de juny 2010 |