Resum
En la sentencia de 17 de diciembre de 2020, el TS resuelve recurso de casación, abordando una de las cuestiones más polémicas respecto la aplicación del ajuste secundario: la fragmentación de la calificación de la renta originada como consecuencia de la diferencia entre el precio convenido y el valor de mercado en función del porcentaje de participación. El TS entiende que respecto la renta que excede del porcentaje de participación no se genera doble imposición, a pesar de ser calificada la renta como liberalidad, en la medida en que el exceso de aportación que realiza el socio beneficia al resto de socios que nada han aportado. En consecuencia, dicho exceso debe calificarse como renta extra para la sociedad sobre la que debe tributar en el Impuesto sobre Sociedades.
Idioma original | Anglès |
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Pàgines | 209-222 |
Publicació especialitzada | Revista Aranzadi Quincena Fiscal |
Estat de la publicació | Publicada - 1 de set. 2021 |