Resum
En este mundo de cambio constante, teniendo presente la máxima de que el Derecho es un producto histórico que debe responder a las necesidades de la sociedad de cada época y, en consecuencia, debe ir adaptándose, ahora más que nunca es necesario incrementar el cuidado, apoyo y protección de los colectivos vulnerables, entre los que se encuentran nuestros mayores. Y todo ello, según los datos actuales, se ha evidenciado mucho más tras el coronavirus que ha propiciado un incremento de la falta de relaciones con los progenitores mayores y el deseo, por parte de estos, de desheredar a sus descendientes. En este sentido, la reflexión y, en su caso, consiguiente adaptación normativa, debe hacerse en todos los ámbitos de la vida, incluso, en el a veces olvidado ámbito sucesorio. Y siendo esto así, el Derecho de sucesiones (que tiene una parte esencial de derecho patrimonial, no lo olvidemos) debe ir también adaptando su normativa con el fin de proporcionar a nuestros mayores las herramientas de protección patrimonial y económica que permitan, manteniendo los principios y la esencia de esta parte de nuestro ordenamiento jurídico, adecuar éstos a la realidad y necesidades del tiempo en el que vivimos. Por todo ello, este trabajo tiene por objetivo presentar una serie de reflexiones al hilo de esa necesaria adaptación y, en concreto, en lo que respecta a lo que ha venido a denominarse “principio de solidaridad familiar o intergeneracional” y, especialmente, al cumplimiento del deber de alimentos a nuestros mayores y la posible incidencia de su incumplimiento en el ámbito sucesorio, a través de la desheredación.
Idioma original | Castellà |
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Títol de la publicació | Tratado de Derecho de Mayores |
Editors | salomé adroher |
Lloc de publicació | Madrid |
Editor | Civitas |
Capítol | 20 |
Pàgines | 425-440 |
Nombre de pàgines | 16 |
ISBN (imprès) | 978-84-1162-816-7 |
Estat de la publicació | Publicada - 2024 |