Resum
Uno de los problemas más difíciles con los que ha tenido que lidiar el Derecho de sociedades en el siglo XX ha sido el del gobierno de la sociedad abierta. Los principios tradicionales: paridad de trato entre accionistas, sistema mayoritario y protección de las minorías, presuponen la existencia de accionistas dispuestos a ejercer sus derechos políticos. La llamada apatía racional del accionista inversor deja un vacío den uno de los pilares en los que se basa la economía de mercado: el ejercicio de los derechos de propiedad.
Es sin duda por ello que se ha producido un renovado interés por el "Corporate Governance" o gobierno de la empresa, como son buena muestra en nuestro país las conclusiones del "Informe Aldama" de enero de 2003. Como quiera que el "Corporate Governance" tiene como principal misión analizar en qué medida la estructura de gobierno adoptada por las empresas puede contribuir a la generación de eficiencia empresarial, se hace preciso analizar el funcionamiento del órgano administrativo en la sociedad cotizada en el nuevo contexto que se dibuja.
Idioma original | Anglès |
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Pàgines | 165-189 |
Publicació especialitzada | Revista de Derecho de Sociedades |
Estat de la publicació | Publicada - 1 de juny 2003 |