Resum
Se comenta la SAP Barcelona, secc. 15ª, de 24 de enero de 2008 que aborda la cuestión de si en la sentencia civil es exigible formalmente un relato de hechos probados, para concluir que la omisión del relato de hechos probados en la sentencia civil no determina la nulidad de la misma. Se añade, además, que en los fundamentos jurídicos de la sentencia debe aparecer con claridad qué hechos resultan probados.
Idioma original | Anglès |
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Pàgines | 13-13 |
Publicació especialitzada | Diario La Ley |
Estat de la publicació | Publicada - 1 de gen. 2010 |