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Ámbito funcional del convenio colectivo y falta de legitimación de la comisión negociadora para limitar la actividad de las empresas de trabajo temporal en cuanto excluidas de ese ámbito. Comentario a la STS 255/2023 de 11 de abril de 2023 (Rec. 86/2021).

Producció científica: Capítol de llibreCapítol

Resum

La Asociación de Agencias de Empleo y Empresas de Trabajo Temporal
(ASEMPLEO) interpuso demanda ante la Sala de lo Social del Tribunal Supe
rior de Justicia de Cataluña (TSJC) por la cual impugnaba y pedía la declaración
de nulidad tanto por ilegalidad como por lesividad de los apartado 11 del anexo
III del II Convenio Colectivo de trabajo de supermercados y autoservicios de
alimentación de Cataluña, allí donde indicaba en los párrafos 5.º, 6.º y 7.º, lo si
guiente: «5.º Seguimiento de los contratos de puesta a disposición: las empresas de trabajo temporal (de ahora en adelante ETTs) están obligadas a poner a disposición de la Comisión mixta copia de los contratos que establezcan con las empresas del sector. 6.º
Idioma originalCastellà
Títol de la publicacióLibertad sindical, negociación colectiva y huelga
Subtítol de la publicacióHomenaje al profesor Juan García Blasco
EditorsJosé Luis Monereo Pérez, Ángel Luis de Val Tena
Lloc de publicacióMadrid
EditorBoletín Oficial del Estado (BOE)
CapítolNegociación Colectiva
Pàgines421-426
Nombre de pàgines7
EdicióPrimera edición, 2024
ISBN (imprès)978-84-340-3014-5
Estat de la publicacióPublicada - 26 de nov. 2024

Sèrie de publicacions

NomColección de Derecho del Trabajo y Seguridad Social
EditorAgencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Com citar-ho